| Mallorca |
| “A pesar de tener gran poder de decisión, algunos consulados se extralimitan en su autoridad” (14/06/2012) |
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Sobre el caso de Gabriela Corrazo, ciudadana de origen uruguaya, nacionalizada en España, la abogada María Sabater, experta en derecho de extranjería ha realizado algunas puntualizaciones.
Por Juan Pablo Blanco A
La letrada hace hincapié en la plena autoridad que tiene un cónsul para solicitar los documentos que estime oportunos para autorizar la reagrupación familiar, en este caso, conceder un visado schengen a España. Sin embargo, la profesional reconoce que existen consulados en los que los funcionarios y los propios cónsules se exceden en sus funciones y complican los trámites solicitando requisitos que no se ajustan al derecho.
Respecto al caso de Gabriela dice que “si eres español, lo eres, y nadie te puede cuestionar ese derecho”. Por lo tanto, lo mejor en estos casos, el afectado debe ponerlo en conocimiento del Ministerio de Relaciones Exteriores, además, enviar un escrito de queja oficial al Defensor del Pueblo. Añade que “si bien es cierto que los consulados tienen una facultad grande para actuar, siempre existen los límites si se presentan los documentos que se requieren para pode venir a España”.
La abogada Sabater admite que hay consulados que al ver las características de un matrimonio sospechan que es “de conveniencia”, por precedentes que ya existen, lo que no puede ser, subraya, es que “paguen justos por pecadores”. A veces un funcionario de un consulado- comenta- “no es ni siquiera español y por experiencia nos hemos dado cuenta que desconocen las leyes españolas y los propios acuerdos que existen entre países. ”.
La señora Corrazo, afirma la abogada Sabater “perfectamente puede dirigirse también al Ministerio de Justicia para exponer su caso. Lo que no puede ser es que te pidan explicaciones y papeles que no vienen a lugar cuando ya tienes la nacionalidad española”.
Cómo apelar a la denegación del visado Shengen
Las apelaciones se deben instituir conforme a la ley del estado de Schengen que ha rechazado el uso de visa.
España
Los argumentos para la denegación no tienen que ser comunicados. En el plazo de un mes de la negación de la visa, el aspirante puede archivar una súplica con el consulado o, en el plazo de dos meses, él o ella puede alojar una súplica con el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Bélgica
En caso de la negación, el aspirante puede alojar una súplica al Consejo del Estado de Bélgica para buscar la anulación de la decisión por medio de una petición enviada por el correo registrado en el plazo de 30 días de la notificación de la denegación.
Dinamarca
Una súplica se puede alojar sin la limitación de tiempo con el ministerio de los asuntos de los refugiados, de la inmigración y de la integración. Si se rechaza la súplica, el aspirante puede archivar un movimiento con el Departamento de Migración de Dinamarca.
Finlandia
Las negaciones de la visa se deben notificar en la escritura. Estas decisiones no están conforme a súplica.
Francia
Los argumentos para la denegación no se comunican a menos que la denegación se refiera a una persona que sea un miembro de una familia de la Union Europea o para quien una alarma fue publicada en el sistema de información de Schengen para los propósitos de rechazar la entrada.
El aspirante puede apelar ante una corte o comisión francesa relacionada a asuntos exteriores. La súplica se debe alojar en el plazo de 2 meses de la notificación de la decisión. El Consejo del Estado Francés puede rechazar la súplica o recomendarla al ministro de asuntos exteriores publicar la visa.
Alemania
Ninguna razón se debe comunicar para rechazar una visa. En caso de la negación el aspirante puede pedir al consulado repasar la decisión. Si se mantiene el rechazamiento el aspirante será informado de las razones de negar la visa. Una súplica se puede entonces archivar a la corte administrativa en Berlín, en el plazo de un mes.
Italia
Los consulados deben notificar la denegación en una lengua entendida por el aspirante o alternativamente en inglés, francés, español o árabe. Sin embargo ninguna razón necesita ser dada para la denegación. En el plazo de 60 días, el aspirante puede alojar una súplica contra el rechazamiento en el tribunal regional administrativo de la región de Lazio.
Noruega
En el plazo de tres semanas de la notificación de negación, una súplica se puede hacer por medio de una Forma de Apelación Noruega que se entregará al consulado que le transmitirá la dirección de la inmigración donde el caso será repasado. La determinación hecha por esta autoridad es final. Las denegaciones de la visa hechas directamente por el Dirección de Migración Noruega se pueden apelar con el Comisión de Apelación de Extranjeros en Noruega – Utlendningsnemda en el plazo de tres semanas de la notificación. Los actos hechos por esta corte son finales.
Suecia
Las negaciones de la visa no pueden ser apeladas. Sin embargo, el aspirante puede solicitar los órganos decisorios reconsiderar su decisión. Este cuerpo por lo tanto considerará si hay alguna razón para cambiar su decisión. Los pedidos de reconsideración son hechos enviando una letra al cuerpo que ha rechazado el uso, es decir la embajada, el consulado o Departamento Migratorio de Suecia. El aspirante indicará las razones que él o ella quiere ser tomado en la consideración.
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