Artículo de opinión / Fuente Legalteam
Hay muchas maneras de acercarse a un tema, pero la objetividad no será el caso esta vez. Porque no cabe brindar espacio a voces intolerantes y destructivas. A voces que polarizan y monetizan el miedo y el odio hacia el diferente.
Esa estrategia está funcionando en muchos lugares del mundo. Lo vemos en Estados Unidos, donde los migrantes que no tienen delitos, que solo trabajan y quieren formar parte del país, experimentan el miedo de la persecución y la criminalización que solo habían prometido a «delincuentes». ¿Os suena?
¿Acaso es ese el modelo que busca Aliança Catalana?. No entraremos en calificativos. No entraremos al terreno donde los agitadores se desenvuelven con soltura. Solo pondremos sobre la mesa una verdad: las personas migrantes, antes que migrantes, son personas.

Las personas que no hablan tu lengua, no son una amenaza. Simplemente hablan en otro idioma.
Las personas que profesan una fe distinta, no atentan contra tu libertad de creer en lo que desees.
Las personas de un color de piel distinto, no son menos, ni son más persona que tú. Simplemente son personas… seres humanos.
Y esta es una palabra que parece que muchos olvidan. De lo contrario, sería incomprensible que se aluda a los migrantes que forman parte de nuestra sociedad catalana y española, como «especie invasora», «agente de perturbación nocivo».
Es la única manera de comprender que un partido político copie la fórmula trumpista de criminalizar a los extranjeros que llegan a España de modo irregular.
¡Cuán triste y frustrante y enervante es encontrar personas incapaces de empatizar con la tragedia del otro! Porque es muy fácil acusar de invasión y de no entrar por los «canales adecuados» a quienes, en su desesperación por poder vivir, se lanzan al mar, a lo incierto, a su posible muerte, porque tras suyo el dolor, el hambre y la infravida, son más crudos que morir en alta mar.
Pero mientras existan posturas, personas y grupos políticos que pongan en la diana al migrante, habrá quienes defendamos a la persona, también la legalidad y la necesidad de que la migración sea ordenada, pero sin olvidar que los seres humanos importan más que un papel y una nacionalidad
Ante los retrasos de Extranjería: ¿sirven los escritos de impulso procesal?
La acumulación de expedientes en las Oficinas de Extranjería es un problema persistente en el tiempo, con el cual continuamente lidiamos. Permisos iniciales – como el de residencia temporal de familiar de ciudadano de la Unión o el arraigo familiar – presentan demoras de seis a ocho meses frente al plazo legalmente establecido de tres. Ante esta situación se plantean varias cuestiones jurídicas clave que debéis comprender:
Silencio administrativo negativo
Transcurridos tres meses desde la presentación sin resolución expresa, la solicitud inicial se considera denegada por silencio administrativo negativo. A partir de ese momento existen dos vías: el recurso potestativo de reposición, que resuelve el mismo órgano queinicialmente tenía la competencia para resolver; y, en segundo lugar, el recurso contencioso administrativo. En este segundo caso, la jurisdicción corresponde a los juzgados de lo contencioso administrativo.
¿Tiene sentido recurrir?
En la práctica, estos recursos añaden tiempo (un procedimiento contencioso puede prolongarse hasta un año) sin garantizar un resultado favorable si la Administración mantiene su criterio denegatorio. Cuando la demora se ajusta a las fechas de resolución orientativas que publican las propias Oficinas de Extranjería, el recurso raramente acelera el trámite.
Escritos de impulso: eficacia limitada
Ahora, presentar escritos de impulso procesal, que no son más que recordatorios o solicitudes de información fuera de los cauces legales no surte efecto. La normativa solo reconoce los recursos citados anteriormente. Cualquier otro documento no obliga a la Administración a resolver antes la solicitud. Nuestras recomendaciones
Verificar plazos reales: Debe constatar la evolución semanal de resoluciones. Si su solicitud es en la oficina de extranjeros de Barcelona, sabemos resulta imposible saber con certeza los tiempos de resolución y para ello te recomendamos consultar las fechas que cada día actualizamos con las resoluciones que recibimos.
Valorar el recurso contencioso en función de la demora y si la resolución negativa afecte el desenvolvimiento de su vida personal o profesional (pérdida de oportunidades laborales, caducidad de documentos, etc.).
La realidad es que mientras continúe la sobrecarga administrativa, la vía más realista –aunque no es la deseada– sería esperar a que la Oficina resuelva, manteniendo actualizada la situación personal (empadronamiento, pasaporte, antecedentes) para evitar nuevos requerimientos.
Pero, como cada caso es particular, nuestra recomendación es valorar tu caso con especialista que te pueda asesorar.