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martes, abril 30, 2024
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    Las diferentes formas de poner fin a una relación: separación, divorcio o nulidad

    Por Ana Mariño
    Abogada Colegiada 6237
    Contacto: 628 47 89 14

    La pandemia y la convivencia forzosa hacían presagiar una oleada de separaciones y divorcios. Aunque es verdad que después del confinamiento, en los meses de verano, hubo un incremento de las peticiones de información sobre los procesos del divorcio por parte de muchas parejas, parece que los pronósticos no se han cumplido.

    Las demandas de disolución matrimonial cayeron en un 13% en el año 2020, según un informe del Consejo General del Poder Judicial. Muchos expertos atribuyen esta disminución a otros problemas mayores que han sufrido las personas, que se han antepuesto a sus problemas conyugales por su mayor gravedad. Durante el 2020 ha predominado el miedo a la muerte, el duelo, la incertidumbre, la mitad de la población ha estado en ERTES, luego un porcentaje se ha ido a ERES, ha crecido el paro, se han cerrado comercios y todo ello ha hecho que las parejas permanezcan juntas y pospongan sus problemas personales.

    Hay diferentes formas de poner fin a una relación: separación, divorcio o nulidad.

    En el mundo jurídico, mucha gente los confunde, pero las diferencias son importantes: en el divorcio se produce la disolución del vínculo matrimonial, por lo que los cónyuges pueden volver a casarse con otras personas; mientras que la separación implica el cese legal de la vida en común de los cónyuges que tiene consecuencias patrimoniales y en la vida de la persona, pero no se pueden volver a casar.

    Por último, la nulidad matrimonial, una opción menos usada, supone que el matrimonio nunca ha existido y por tanto no puede surtir efectos.

    Según la estadística de Nulidades, separaciones y divorcios que realiza el Instituto Nacional de Estadística, la duración media de los matrimonios suele ser de 16,7 años.

    El 79% de los casos son divorcios de mutuo acuerdo, en los que el procedimiento es más rápido y sencillo, toda vez que estando de acuerdo los cónyuges en las medidas a tomar, que incluyan por ejemplo las pensiones de alimentos y compensatoria y el régimen de visitas de los descendientes, los cónyuges sólo tendrán que firman un acuerdo (convenio regulador) ante un abogado especializado en la materia, que lo llevaría al juzgado en donde pronto se le requeriría a los cónyuges para su comparecencia a los efectos de ratificarse en dicho convenio regulador.

    Por otro lado, el 76% de los divorcios sin ser de mutuo acuerdo, es decir, los contenciosos, se resolvió en menos de seis meses y la duración media de estos procedimientos es de 4,6 meses, resolviéndose los de mutuo acuerdo en un tiempo inferior, entre uno y dos meses.

    Se ha llegado a la conclusión de que el mayor número de divorcios se da en personas de entre 40 y 49 años de edad.

    Por comunidades, la región con más divorcios es Canarias y la que menos es Madrid.

    Los divorcios en las Islas Baleares están en el quinto puesto, con una tasa de rupturas de 4,7 demandas por cada 10. 000 habitantes. Por delante están Canarias, Murcia, Comunidad Valenciana y Cataluña.

    Desde 2012 se han registrado en España en torno a cien mil divorcios al año, mientras que la cifra de las separaciones es mucho menor, sobre los cuatro mil al año.

    Cuando un cliente requiere iniciar el trámite de divorcio, lo primero que tiene que hacer es acudir a un abogado especializado en familia, que le informará de las diferentes formas de poner fin a una relación y los procesos a seguir en cada caso.

    El abogado especializado en materia de familia, estudia muy bien su situación personal y toda la historia de su relación donde se incluyen todos los derechos y obligaciones que conlleva a cada cónyuge que se quiere divorciar.

    Los abogados especializados en familia también proporcionan información sobre los pactos y los casos de guarda y custodia de los hijos.

    Por otro lado, también llevan a cabo las ejecuciones sobre incumplimiento de las sentencias de divorcio, la reclamación de la pensión de alimentos que ha dejado de pagar el cónyuge obligado a ello, o cualquier procedimiento que incluya modificación de las medidas que se adoptaron tanto en el convenio regulador como en sentencia judicial en un divorcio contencioso.

    No hay que olvidarse que la separación matrimonial deja una puerta abierta a la reconciliación, pues ambos cónyuges siguen siendo marido y mujer; sin embargo el divorcio supone una ruptura definitiva, sin perjuicio de que más adelante los divorciados decidan volver a casarse el uno con el otro.

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