Conozca los detalles sobre la regularización administrativa de inmigrantes en España

Redacción BSF

La apertura del plazo de solicitudes desde 16 de abril de manera telemática. El sistema de cita previa para la tramitación presencial de solicitudes se habilitará ese mismo día, si bien la atención presencial comenzará el lunes 20 de abril.

Redacción

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que dará comienzo al proceso de regularización administrativa extraordinaria para miles de personas migrantes que ya residen en nuestro país.

La norma se publicará en el Boletín Oficial del Estado el miércoles 15 de abril, y entrará en vigor al día siguiente de su publicación, el jueves 16.

La apertura del periodo de solicitudes será el mismo jueves 16 de abril. Desde ese día se podrá presentar la solicitud de manera telemática.

El sistema de cita previa para la tramitación presencial de solicitudes también se abrirá ese mismo día, si bien la atención presencial está prevista que comience el día 20 de abril.

Este Real Decreto habilita el procedimiento para que aquellas personas que se encuentran en situación administrativa irregular en nuestro país y las personas solicitantes de protección internacional puedan acceder a una autorización de residencia y trabajo legal siempre que cumplan los requisitos.

Este permiso tendrá una vigencia inicial de un año. Transcurrido ese plazo, las personas beneficiarias deberán incorporarse a las figuras ordinarias previstas en el Reglamento de Extranjería, lo que permite una integración plena y progresiva en el sistema.

Para ello, tendrán que acreditar encontrarse en el país desde antes del 1 de enero de 2026 y haber permanecido en España de forma ininterrumpida al menos cinco meses antes del momento de presentación de la solicitud.

Además, será requisito imprescindible carecer de antecedentes penales y no suponer una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública.

La ministra, Elma Saiz, ha declarado que “con este proceso se pretende garantizar los derechos de las personas migrantes y dotar de seguridad jurídica al sistema”.

Saiz ha asegurado que “la regularización va a ser un procedimiento ágil, eficaz y sin trabas y dará respuesta a todos los que cumplan los requisitos” y ha recordado que “el plazo estará abierto hasta el 30 de junio”.

Esta regularización extraordinaria es el primer hito del Plan de Integración y Convivencia Intercultural, con el que España refuerza su modelo de política migratoria basada en los derechos humanos, la integración y la convivencia, compatible con el crecimiento económico y la cohesión social.

“Estamos ante uno de los grandes hitos de la legislatura, hoy es un gran día. Hoy España, que ya es un gran país, se convierte en un país mejor que reconoce derechos en lugar de recortarlos.

El procedimiento que hemos preparado con muchísimo trabajo y con muchísimo cariño, está dimensionado para que dé respuesta a todos los que lo solicitan y cumplan los requisitos”, ha destacado Saiz.

La ministra ha citado las palabras del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, quien ha asegurado que “esta regularización es, ante todo, un acto de normalización. De reconocer la realidad de casi medio millón de personas que ya forman parte de nuestra vida cotidiana. Personas que cuidan a nuestros mayores.

Que trabajan para que los alimentos lleguen a nuestras mesas. Que innovan, que emprenden, cuyos hijos comparten aulas, juegos y futuro con los nuestros. Personas que construyen la España rica, abierta y diversa que somos -y la que aspiramos a ser”.

Solicitud telemática o presencial

La solicitud de manera telemática estará disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana, a través de la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y contempla cuatro formas de acceso:

  • Para los propios interesados si disponen de certificado electrónico
  • También podrán hacerlo a través de personas inscritas en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
  • O con representantes que les ayuden a realizar el trámite como abogados, graduados sociales o gestores administrativos.
  • Por último, también contarán con las entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería, más de 150, cifra que se sigue ampliando cada día.

La cita previa será imprescindible para ser atendido presencialmente y se podrá solicitar desde la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, mediante el sistema Cl@ve, a través de un formulario web, o llamando al teléfono 060, con atención en español.

Dicha cita previa les permitirá presentar la solicitud en las oficinas de Extranjería designadas. Serán cinco en total: Madrid, Alicante, Valencia, Almería y Murcia, en horario de tarde, de 16:00 a 19:00 horas.

También participarán en el proceso oficinas de la Seguridad Social, al menos una cada provincia, en el mismo horario de tarde de las oficinas de Extranjería y en las oficinas de Correos habilitadas para el proceso ubicadas en capitales de provincia y localidades mayores de 50.000 habitantes.

El horario de atención de estas últimas será de lunes a viernes, desde las 08:30 horas hasta las 17:30 horas.

Autorización de residencia y trabajo

La admisión a trámite de la solicitud habilita automáticamente para residir y trabajar en todo el territorio nacional español y en cualquier sector de actividad. Se dotará de un número personal de Seguridad Social a la persona solicitante.

En el plazo de un mes desde que haya recibido la resolución favorable definitiva el beneficiario deberá presentar su solicitud para obtener la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE).

El proceso de regularización otorga una especial protección a los menores de edad, concediendo una autorización de residencia por cinco años. Además, se podrá gestionar en una misma cita y de manera simultánea las solicitudes de los miembros de una misma unidad de convivencia.

Requisitos para acreditar la estancia en España

Para justificar la estancia en España, tanto los solicitantes de protección internacional como las personas en situación administrativa irregular podrán presentar documentos públicos o privados o una combinación de ambos que contengan datos personales que puedan acreditar su identidad y que estén fechados.

Las personas en situación administrativa irregular deberán acreditar, además, uno de los siguientes tres supuestos: haber trabajado con contrato legal por cuenta ajena o propia en España; contar con una unidad familiar compuesta por hijos menores de edad, mayores con discapacidad o ascendientes de primer grado; o acreditar su situación de vulnerabilidad.

Para esto último, podrán descargar un certificado de vulnerabilidad alojado en la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Para su presentación, este documento deberá estar acreditado y sellado por las autoridades competentes, bien las Entidades inscritas en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería (REEX) o los servicios sociales.

Acompañamiento durante el proceso

La Administración y los potenciales beneficiarios podrán contar con la colaboración de los profesionales de la abogacía especializados en materia de extranjería, que desempeñan un papel esencial en el asesoramiento jurídico y en la correcta tramitación de los expedientes. Estos profesionales podrán acompañar a las personas solicitantes a lo largo de todo el proceso y actuar, en su caso, como sus representantes, papel que también realizarán graduados sociales y gestores administrativos.

Asimismo, se desarrollarán sesiones técnicas en colaboración con el Consejo General de la Abogacía, reforzando así la coordinación institucional y el rigor jurídico en la aplicación de este procedimiento.

Además, el Ministerio ha creado un Registro de Colaboradores de Extranjería (REEX) en el que se han inscrito sindicatos y entidades sin ánimo de lucro para asesorar y ayudar a los interesados que han acreditado tener al menos dos años de experiencia en el acompañamiento a personas extranjeras para poder registrarse.

Estas entidades, cuyo listado aparecerá actualizado en la web del Ministerio de Inclusión, han creado un censo de personas habilitadas para actuar como representantes de los interesados en la solicitud telemática. Su colaboración será gratuita.

Para resolver dudas a la hora de realizar la solicitud se ha habilitado un canal de comunicación a través del teléfono 060, en horario de atención de lunes a viernes, de 09:30 horas a 14:00 horas y desde las 16:30 horas hasta las 19:30 horas.

Del mismo modo se puede obtener información en la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, donde se ha creado un portal específico con información.

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