BSF
El Consell de Govern extraordinario ha aprobado mantener diversas medidas para contener la propagación del virus, las cuales hasta ahora están enmarcadas en el Estado de Alarma decretado por el Gobierno que decaerá a partir de la media noche del próximo domingo.
Concretamente, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares ratificó las limitaciones aplicadas por el Govern balear para seguir frenando los contagios en las Islas.
Se trata de medidas excepcionales para prevenir y contener la pandemia ocasionada por la Covid-19 durante el período comprendido entre los días 9 y el día 23 de mayo.
Concretamente limitarán los desplazamientos y la circulación por vías públicas entre las 23.00 y las 06.00 horas. Sólo estarán permitidos aquellos que se lleven a cabo por causas esenciales que se detallan en el Acuerdo.
Las personas procedentes de otras comunidades o ciudades autónomas que pretendan entrar las Islas, por vía aérea o marítima, deben someterse a un control sobre el motivo del desplazamiento y, en su caso, a un control sanitario.
Asimismo, siempre y cuando hayan superado las 72 horas fuera de la comunidad, deberán presentar un PCR con resultado negativo o bien someterse a un test de antígenos a la llegada a las Islas Baleares, hacerse una prueba en las siguientes 48 horas o mantener una cuarentena de 10 días. Pruebas que serán sufragados por la comunidad en el caso de los residentes o de las personas que viajen con causa justificada, y por los propios pasajeros si no se desplazan por uno de los motivos recogidos en el presente acuerdo.
De la misma manera, durante el periodo de vigencia de este acuerdo, únicamente se pueden llevar a cabo reuniones y encuentros familiares y sociales de un máximo de seis personas en el interior o en el exterior, tanto en espacios públicos como privados.
En el interior únicamente se pueden llevar a cabo reuniones, como máximo, de dos núcleos de convivencia. No están incluidas en la limitación prevista en este apartado las actividades laborales, las institucionales, las de transporte y las de los centros docentes, ni las actividades deportivas o culturales
También se establecerán limitaciones a las celebraciones o la permanencia de personas en lugares de culto: No se puede superar el 50% de la capacidad. En todo caso, se debe asegurar la distancia de al menos un metro y medio entre personas de diferentes núcleos de convivencia.