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sábado, abril 20, 2024
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    Los colombianos podrán entrar a la Unión Europea sin visado a partir del 4 de diciembre

    El convenio excluye al Reino Unido e Irlanda, en donde se tendrá que solicitar visado

    Por Juan Pablo Blanco A

    BSF

    A partir del próximo 4 de diciembre los colombianos podrán ingresar a 26 de los 28 países de la Unión Europea sin visado Schengen. Con beneplácito ha sido recibida la noticia por parte de este colectivo residente en esta Comunidad Autónoma. Baleares Sin Fronteras contactó con Carlos Alberto Navarro, ex cónsul ad honorem de Colombia en las Islas durante quince años, que se mostró partidario de la medida, aunque hizo una serie de recomendaciones, como por ejemplo, “siempre decir la verdad”.

    Días atrás, el Presidente de ese país, Juan Manuel Santos se desplazó a Bruselas para firmar el acuerdo de exención reciproca de visados. Navarro Botero, residente en las Islas hace 33 años, aparte de haber sido cónsul durante estos años siempre ha sido un referente de integración a la sociedad de acogida. “Los que vayan a viajar deben tener claro que siempre estará la imagen y el buen nombre de Colombia por encima de cualquier cosa, por lo tanto deben ser francos y directos con las autoridades de inmigración en el momento de que los requieran para preguntarles los motivos de su viaje a la Unión Europea, concretamente, en el caso de España”.

    Para el empresario, propietario de una reconocida cadena de pizzas, es necesario que las personas que vayan a viajar se informen acerca de todos los requisitos que se exigirán en el momento que tengan que justificar su viaje a España. En esa misma línea, la abogada María Sabater, afirma que el hecho de que se haya suprimido el visado no equivale a que a las autoridades de inmigración no tengan la potestad de devolver a un viajero a Colombia.

    La letrada de la Asociación de Colombianos durante estos trece años, matizó en la importancia de que los viajeros se aseguren de garantizar el regreso a su país de origen con un billete de regreso, demostrar medios económicos durante su estancia en España y en el caso de ser invitados por alguien residente en España, acreditar el domicilio donde va permanecer el viajero.

    Una de las recomendaciones de la abogada, especializada en derecho de extranjería estriba en que “las personas que vengan no piensen que pueden trabajar”, además enfatizó en que estando en España no se podrá tramitar un visado de trabajo”, dijo.

    La documentación para sacar un visado de trabajo, afirmó, “se debe gestionar desde el país de origen, con lo cual la persona que vaya a obviar este paso estaría infringiendo la Ley de Extranjería y se quedaría irregular en territorio español”.

     

    Requisitos de entrada

     

    Los 26 Estados del espacio Schengen son 22 países de la Unión Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Suecia, República Checa, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Grecia

    Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein hacen parte del espacio Schengen pero no forman parte de la Unión Europea. Colombia espera firmar un acuerdo bilateral con estos países.  .

    La exención de visado también aplicará para viajes de corta duración a cuatro países miembros de la Unión Europea fuera del espacio Schengen: Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumania.  

    El acuerdo le permite a los ciudadanos colombianos realizar visitas de corta estadía con fines de turismo, visitas a amigos o familiares, asistencia a eventos o intercambios culturales y deportivos, reuniones de negocios, cubrimientos periodísticos o de medios de comunicación, tratamientos médicos y estudios de corto plazo.

    Ninguna de estas actividades puede superar una estancia de 90 días
    Tenga en cuenta que la exención de visado de corta estancia con la Unión Europea:
    No permite trabajar, buscar trabajo, radicarse, ni permanecer más de 90 días en un periodo de 180 días. Es importante acotar que la supresión del visado no incluye la entrada a los territorios de Reino Unido y a Irlanda.

    Requisitos

          – Pasaporte válido vigente de lectura mecánica o electrónico.

    –          Tiquetes aéreos que confi­rmen el regreso al país de procedencia.

    –          Justi­ficación del motivo de la estancia prevista.

    –          Comprobación de medios de subsistencia tanto para la permanencia en los estados miembros del acuerdo como para el regreso. Para probar los medios de subsistencia suficientes podrá basarse en los montos que usted posee en efectivo, cheques o tarjetas de crédito.

    –          No estar reportado en el sistema de alertas de inadmisión emitidas por el Sistema de Información Schengen.

    –          No ser considerado una amenaza para el orden público, la seguridad interior, la salud pública o las relaciones internacionales de cualquiera de los Estados Miembro

     

    Documentos

    Adicionalmente se podrá solicitar papeles  que justifiquen el propósito del viaje (asistencia a eventos, conferencias y reuniones, entre otros) y certifi­cado de cursos cortos en caso de inscripción a estudios.

    Otros documentos podrían ser solicitados al momento de la llegada al país, tales como: seguros de viaje, tiquetes de trayectos al interior de los Estados parte del Acuerdo, justifi­cación de domicilio en caso de que se le extienda una invitación, entre otros.

    Perú a la espera

    El otro país junto a Colombia que se sumó al acuerdo de exención de visado ha sido Perú. Sin embargo, fuentes de la cancillería está ultimando detalles de la elaboración del pasaporte biométrico, que sería la causa por la que aún no se ha fijado fecha. Este documento constituye un requisito para la exención de la visa Schengen.

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