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viernes, diciembre 13, 2024
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    El 2 de octubre los colombianos que tengan su cédula inscrita para el proceso electoral podrán participar en el plebiscito

    Será un sí o no por los acuerdos de paz firmados entre el gobierno y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC)
    Por Juan Pablo Blanco A
    Los colombianos de las Islas Baleares podrán participar en el Plebiscito que avalarán o no los acuerdos de paz firmados en la Habana, Cuba. Las votaciones se llevarán a cabo el domingo 2 de octubre, a partir de las 8:0 am y hasta las 16h en la sede consular, calle Jaume III, 25, 1º B.
    El cónsul, Diego Felipe Cadena Montenegro, manifestó a este periódico que los colombianos que hayan ejercido alguna vez el derecho al voto en el consulado o tengan registrada su cédula de ciudanía para un proceso electoral lo podrán hacer en el plebiscito.
    En cada lugar de votación se utilizará un mecanismo mediante el cual se dé a conocer a la ciudadanía el inicio y término de la jornada, con el himno nacional u otro medio.
    A diferencia de otras jornadas electorales realizadas en el exterior, esta vez solo se podrá votar durante un día. La convocatoria presidencial fijó como fecha única para el plebiscito el domingo 2 de octubre de 2016.
    Las votaciones se realizarán en las misiones diplomáticas y oficinas Consulares en el exterior. Además, se tendrán puntos de votación externos a las sedes locales de cada Consulado, de acuerdo a su circunscripción. La dirección de estos puntos, será oportunamente comunicada.
    De acuerdo a las disposiciones de la Registraduría Nacional del Estado Civil, no se realizará nueva inscripción de cédulas para este proceso de plebiscito, así quedó establecido en la ley estatutaria 1806 del 24 de agosto de 2016 del Congreso de la República.
    Potencial electoral en el exterior es de 599. 026, distribuidos en un potencial electoral de mujeres correspondiente a 313. 598 y de hombres de 285.428.
    Podrán participar en el proceso electoral del plebiscito quienes se encuentren dentro del censo electoral. En cuanto a cédulas nuevas, se incorporan al censo las expedidas hasta cuatro (04) meses antes de la votación.

    De la misma forma, los ciudadanos colombianos que hayan realizado el trámite de su cédula de ciudadanía por primera vez en el Consulado respectivo y que ya posean su documento de identificación, están automáticamente inscritos para votar en ese puesto de votación.

    Puede confirmar su lugar de votación, ingresando a la página web de la Registraduría Nacional www.registraduria.gov.co, costado izquierdo “CONSULTE AQUÍ SU LUGAR DE VOTACIÓN”.

    Las personas que quieren votar participar en esta jornada, deberán presentarse con su cédula de ciudadanía vigente para poder ejercer su derecho al sufragio. Lo anterior, toda vez que según lo dispuesto por la Registraduría Nacional del Estado Civil, no se admiten contraseñas o cualquier otro tipo de documento.
    Todos los votantes tendrán derecho a su certificado electoral que le permite acceder a los beneficios consagrados en la Ley 403 de 1997 y 815 de 2003, en el caso de los colombianos en el exterior, podrán acceder a un descuento del 10% en la expedición de pasaportes.
    Esto quiere decir que sólo podrán votar, en el consulado donde tienen inscrita su cédula, los que hicieron parte del censo electoral del 2014 y aquellos que solicitaron su cédula por primera vez antes del 2 de junio de 2016 y que ya cuenten con el documento original. Ni la contraseña ni el pasaporte podrán ser presentados para ejercer el derecho al voto.
    Jurados
    El cónsul de Islas Baleares, Diego Cadena añadió que el consulado ya tiene a disposición a 28 jurados en las cuatro mesas electorales que se habilitarán para la jornada electoral.

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