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lunes, abril 29, 2024
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    Las resoluciones de Extranjería serán válidas a pesar de que no se tenga la tarjeta física en mano

    El objetivo de esta medida es trasladar tranquilidad a las
    personas que se encuentren a la espera de obtener cita para el
    trámite de huellas o de expedición de la TIE

    Por Juan Pablo Blanco A

    La Secretaría de Estado de Migraciones, en coordinación con el Ministerio de Interior, ha impulsado una serie de acciones para proteger la seguridad jurídica de las personas extrajeras. A través de un recordatorio que figurará en las resoluciones que expiden las Oficinas de Extranjería, se subrayará que la mera tenencia de dicha resolución produce plenos efectos frente a la administración y frente a terceros, y su eficacia no se encuentra condicionada a la obtención de la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE).

    Esta iniciativa del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones permitirá que, durante el periodo de tiempo que transcurre entre que el ciudadano recibe la resolución de la Oficina de Extranjería y el momento en que obtiene la TIE, los extranjeros puedan continuar utilizando el documento expedido por la Oficina de Extranjería (que deberá ser presentado en la Comisaría para proceder a la obtención de la Tarjeta) para poder hacer valer ante terceros los derechos inherentes a esa autorización.

    El objetivo de esta medida es trasladar tranquilidad a las personas que se encuentren a la espera de obtener cita para el trámite de huellas o de expedición de la TIE, recordando que si bien obtener la TIE es un derecho y una obligación para el ciudadano, podrán utilizar esa resolución que ya han recibido para los trámites en los que necesite acreditar su autorización de residencia o trabajo, tanto frente a la administración como frente a terceros.
    La obtención de la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE) es un derecho y una obligación para aquellos extranjeros a los que se haya expedido un visado o una autorización para permanecer en España por un período superior a seis meses.

    El Ministerio ha solicitado a las Oficinas de Extranjería que reflejen, a partir de ahora, esta especificación en todas las resoluciones de concesión, tanto iniciales como de autorizaciones prorrogadas o renovadas.

    Asimismo, esta información se ha reflejado expresamente en la página web de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas en los trámites de toma de huellas, expedición de tarjeta y renovación de tarjeta
    de larga duración.

    Se recuerda así que los ciudadanos que se encuentran a la espera de una cita pueden utilizar esa resolución que ya han recibido para los trámites en los que necesite acreditar su autorización de residencia o trabajo.


    BSF opina: se acabaron las excusas


    Este recordatorio equivale a oro. Sí, así como se lee. Por ejemplo, era inconcebible que a alguien que tuviera concedida una resolución de residencia y permiso de trabajo, una entidad financiera le negara abrir una cuenta bancaria, o en otros casos le pusiese trabas para operar sobre su propio dinero hasta no obtener el TIE (Tarjeta de Identificación de Extranjero).

    En otros casos peores, las empresas se mostraban reacias a renovar un contrato a una persona excusándose en la falta de la tarjeta física que lo identificara. Incluso, en las propias notarías la falta de este documento era motivo para echar por tierra algún tipo de operación comercial importante.

    Este periódico también denunció el caso de un ciudadano al que se le estaba negando el derecho a la pensión por haber expirado su tarjeta. Concretamente, el papel de la resolución emitido por la oficina de extranjería no tenía ninguna validez, algo que era en la práctica absurdo. Si el Gobierno Central aprueba la concesión del documento no había justificación para que al extranjero se le denegasen los derechos básicos de cualquier otro ciudadano.

    Con esta resolución, a pesar de que la cita para la toma de huellas tarde en concederse, por lo menos la gente podrá acreditar con la resolución que está en situación regular en territorio español para acceder a cualquier trámite administrativo público o gestión privada con la banca.

    Con esta acción gubernamental ya no hay excusas para denegar ninguna gestión burocrática y se protegerá la seguridad jurídica de los extranjeros que están en situación regular en España.

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