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viernes, marzo 29, 2024
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    Régimen de los apellidos de las personas extranjeras nacionalizadas

    Por Legalteam

    La conservación de los apellidos por extranjero que adquiere la nacionalidad española debe respetar el orden público español, que incluye los dos principios jurídicos rectores de nuestro Ordenamiento jurídico en materia de apellidos:

    • El principio de la duplicidad de los apellidos. En todo caso han de consignarse dos apellidos de acuerdo con el sistema español de identificación de las personas.
    • El principio de la infungibilidad de las líneas. Cuando la filiación esté determinada por ambas líneas, un apellido debe proceder del padre y el otro de la madre.

    En consecuencia, sólo se respetarán los apellidos anteriores a la adquisición de la nacionalidad si se cumplen los principios mencionados. Se excepcionan de esta regla los ciudadanos comunitarios que adquieran la nacionalidad española, puesto que se permite la autonomía de la voluntad conflictual, de modo que el sujeto afectado podrá elegir la norma que regirá su nombre y apellidos entre las legislaciones de los dos Estados miembros.

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