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viernes, mayo 17, 2024
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    La mediación. ¿En qué puede ayudar esta herramienta a pymes y autónomos.

    1. ¿QUÉ ES LA MEDIACIÓN?

    La mediación es un sistema de resolución de conflictos que tiene por objetivo ayudar a las partes a encontrar una solución total o parcial de la controversia que las separa. Es un proceso voluntario, al que las partes acuerdan someter una disputa, y que consiste en la intervención de una persona mediadora, que es un tercero neutral e imparcial que permite facilitar la comunicación y el diálogo, sin que las partes pierdan el poder.

    El carácter VOLUNTARIO significa que no se puede imponer una decisión a las partes, dado que para llegar a una solución aquéllas deben aceptarla. En este sentido, la continuación del rocedimiento de mediación después de la primera reunión depende de que las partes sigan aceptándolo.

    La mediación es un procedimiento CONFIDENCIAL, lo que garantiza a las partes que las declaraciones, propuestas u ofertas de solución no podrán ser difundidas.

    2. EN QUÉ PUEDE AYUDAR LA MEDIACIÓN LAS PYMES

    ¿Y LAS PERSONAS AUTÓNOMAS?

    La mediación permite a las partes:

    • Un diálogo que facilita la consecución de ACUERDOS.

    • Es VOLUNTARIA, por tanto, no se renuncia a ningún derecho, ni se obliga a aceptar ningún acuerdo, y si no se alcanza queda libre la vía judicial.

    • Es CONFIDENCIAL, no tiene trascendencia más allá de las partes o de la empresa, y lo que se hable en la mediación no puede ser utilizado como prueba ni la persona mediadora puede ser testigo.

    • NEUTRALIDAD E IMPARCIALIDAD de la persona mediadora.

    • ESPECIALIZACIÓN, la persona mediadora podrá escogerse en función de los conocimientos técnicos que requiera la controversia, pero también debe haber estado formada en habilidades mediadoras y conocer las particularidades del ámbito empresarial.

    • Solución RÁPIDA del conflicto en caso de alcanzarse un acuerdo, con tiempos muy inferiores a los que actualmente se están dando en el ámbito judicial.

    • Ahorro de COSTES, tanto los directos como el económico, pero también evita a los indirectos.

    • SIMPLIFICACIÓN. No requiere largos procesos de documentación administrativa del conflicto.

    • Contribuye a mantener las RELACIONES COMERCIALES, y ayuda a recompensarlas cuando hayan podido quedar estropeadas.

    . ¿EN QUÉ CASOS ES ÚTIL LA MEDIACIÓN?

    Es muy amplio el alcance de la mediación a la pequeña, media y microempresa, así como para la persona trabajadora autónoma, pero existen unas características especiales que, por su composición y por su dimensión, pueden ser especialmente útiles, y que distinguimos 3 grandes grupos:

    a) Entre la PYME o persona AUTÓNOMA y sus clientes, proveedores o incluso Administraciones Públicas

    En este ámbito se pueden incluir desde las reclamaciones por incumplimientos del contrato; reclamaciones de cantidad o impagos; diferencias de interpretación de contratos; responsabilidad civil;seguros; préstamos hipotecarios; conflictos con el propietario (arrendador) del local/oficina en el que se encuentra la empresa, o bien entre la empresa y los arrendatarios de sus inmuebles. Puede ser especialmente útil en las controversias entre contratos y subcontratas, dado que contribuye a mantener la relación. Al igual que con las Administraciones Públicas, pese a las restricciones para la utilización de estos mecanismos en determinadas fases administrativas.

    Y no acaba aquí, la importancia de las pymes catalanas en la exportación y la internacionalización es una realidad, y el papel de la mediación y del arbitraje puede ser decisivo para contribuir a la resolución de las controversias internacionales, reduciendo las dificultades de entendimiento. En muchos casos es la única solución frente a los elevados costes judiciales o la simple dificultad de encontrar asesoramiento fiable en un país poco conocido.

    De esto se puede extraer una clasificación en función de las materias, y hablaríamos de:

    • ámbito societario, incluiría los conflictos de carácter interno entre socios/socias que veremos a continuación.

    • ámbito bancario

    • ámbito de consumo

    • ámbito de seguros

    • ámbito de construcción e industria

    • ámbito de empresa tecnológica

    • ámbito de la propiedad intelectual

    • mediación organizacional-laboral

    • ámbito comunitario

    b) Entre socios/socias. Situaciones derivadas de no dejar claras las obligaciones, que pueden llevar a situaciones conflictivas entre socios y socias, o los cambios de situaciones vitales de los propios socios y socias, que pueden hacer necesaria la figura del mediador profesional.

    El abanico de ejemplos es amplio en conflictos societarios, desde diferencias en la valoración de acciones, exclusiones de socios y socias y derecho de separación de la sociedad, problemas de gestión entre socios y socias o de determinar la función que realiza cada uno, discrepancias en las ampliaciones de capital, o la pérdida de valor de las participaciones/acciones; diferencias en la redacción de estatutos sociales; acciones de responsabilidad contra personas administradoras o consejeras de la sociedad. Esta tipología también puede tener mucho que ver con el estadio de madurez de la organización o los vínculos personales entre socios y socias. Debe tenerse en cuenta que el tejido de la PYME catalana tiene un porcentaje importantísimo de empresa familiar, y la mediación es un mecanismo adecuado para buscar consensos en los protocolos familiares.

    En este sentido, el valor del acuerdo puede ser muy relevante o delicado cuando hablamos de emprendeduría; 9 de cada 10 start-ups no superan los 3 años y muchas de las dificultades que afrontan tienen su origen en divergencias de visiones, de objetivos entre socios y socias, donde la mediación podría tener un papel determinante ) Entre empresa y personas trabajadoras o entre personas trabajadoras.

    La voluntad de apostar por la mediación y el arbitraje de los agentes sociales más representativos se ve reflejada en la constitución del Tribunal Laboral de Catalunya (TLC). Sin embargo, el nivel de conflictividad individual y colectiva que todavía se registra es elevado, y falta incorporar herramientas que ayuden a la solución de las desavenencias en un estadio previo, lo que se ha dado en llamar la mediación organizacional. La mediación organizacional tiene utilidad tanto en los conflictos empresa-personas trabajadoras, como en los conflictos entre personas trabajadoras, que suelen carecer de herramientas de resolución.

    4. ¿CÓMO PUEDO INICIAR UNA MEDIACIÓN?

    En el caso de una PYME o de una persona autónoma que quiera iniciar una mediación, será necesario:

    En primer lugar, revisar si entre las partes de la controversia existe algún documento que incluya cláusulas de sometimiento a la mediación, oa la mediación y al arbitraje. En caso de que así sea, las cláusulas deberían tener definidas las condiciones o vías para determinar la persona mediadora.

    En caso de que no exista cláusula de mediación, esto no es un impedimento si ambas partes están de acuerdo. En estos casos será necesario valorar la posibilidad de que la persona mediadora sea facilitada por algún centro mediador cualificado o de referencia.

    5. OTROS MECANISMOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

    Otros mecanismos adecuados para la resolución de conflictos fuera de la vía judicial serían arbitraje y conciliación. No son excluyentes con la mediación, y existen fórmulas mixtas como la MedCon (mediación-conciliación) o escalonadas entre mediación y arbitraje. Las particularidades son: El arbitraje es un sistema para la resolución de conflictos que permite a las partes involucradas en una controversia encontrar una solución mediante la decisión de personas expertas llamadas árbitros. En este caso la solución está impuesta desde fuera y es vinculante para las partes. Permite buscar la experiencia en el árbitro de la materia concreta que deba resolverse, y comporta celeridad respecto del conflicto judicial.

    La conciliación es también un medio alternativo para resolver conflictos sin necesidad de recurrir a la vía judicial. El objetivo es encontrar una solución directa y amistosa con la ayuda de un tercero denominado conciliador que asiste a la negociación de las partes con la potestad de hacer propuestas de solución. Esperamos que esta guía sea una invitación para las PYMES y personas autónomas a participar en las actividades de formación e información sobre mediación, arbitraje y resolución alternativa de conflictos, a fin de profundizar en las OPORTUNIDADES que ofrecen para encontrar soluciones a desavenencias en ámbito empresarial y persona

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