19.8 C
Palma de Mallorca
martes, abril 30, 2024
Más

    DESPIDO POR NO HABER PODIDO RENOVAR LA AUTORIZACION DE TRABAJO

    Me pueden despedir si no pude renovar mi autorización de trabajo? Te interesa conocer la reciente sentencia del Tribunal

    El Tribunal Supremo ha dictado recientemente una importante sentencia que puede afectar a muchos trabajadores extranjeros que son despedidos por no haber podido renovar su autorización de trabajo.

    Hasta ahora, se entendía que, cuando un trabajador extranjero no puede renovar su autorización de trabajo, el despido era siempre procedente, ya que perdía el derecho a trabajar legalmente en España. Por tanto, se consideraba que la empresa podía despedir al trabajador sin indemnización alguna.

    Sin embargo, esta sentencia considera que, si no se ha contemplado esta circunstancia en el contrato de trabajo, el trabajador también tiene derecho a una indemnización por el despido.

    ¿Qué debo hacer en caso de despido por este motivo?

    Si eres despedido sin indemnización por haber perdido tu autorización de trabajo deberás iniciar el procedimiento para reclamar por un despido improcedente. Es importante para ello que tengas presente los siguientes aspectos:

    Plazo: El plazo máximo para una reclamación por despido improcedente es de 20 días.

    Conciliación: El primer paso es presentar lo que se llama la ¿papeleta de conciliación¿, que es un intento de arreglo extrajudicial ante las autoridades laborales. Para este procedimiento no es necesario estar asistido por abogado, aunque siempre es recomendable que un especialista en esta materia nos oriente.

    Si no hay acuerdo, el siguiente paso sería presentar una demanda judicial, para lo que necesitarás estar asistido por abogado.
    Tienes derecho a solicitar un abogado de oficio para este procedimiento.

    Por tanto, si te has quedado sin autorización de trabajo y te despiden por este motivo, a partir de ahora ten presente que tiene derecho a una indemnización y si no la recibes, puedes reclamarla por las vías legales

    Una obligación y un derecho, sea cual sea su situación legal en España.

    Como bien saben todas las personas extranjeras al poco de llegar a España, uno de los primeros trámites que se realizan es el de empadronamiento en el Municipio de residencia.

    El empadronamiento no es más que el registro donde constan todas las personas, vecinos, que residen habitualmente en un municipio concreto. Corresponde a los Ayuntamientos su creación, mantenimiento, revisión y custodia, y al Instituto Nacional de Estadística de España (INE) la coordinación de los padrones de todos los municipios. 

    Empadronarse, pues, no es sólo un derecho de toda persona residente en un Municipio, sino que es una obligación y en caso de cambio de residencia está obligada a solicitar por escrito el alta en el Padrón del nuevo municipio, comunicando en la solicitud el municipio o país de procedencia. Esto incluye también a las personas extranjeras, con independencia de su situación legal o administrativa en España.  Incluso, la ley permite que se empadrone a personas sin domicilio, a través de los Servicios Sociales Municipales del ayuntamiento concernido.

    El hecho de empadronarse, debe quedar claro, no otorga ningún derecho de residencia legal en España.  Pero es un documento necesario para muchos trámites como la escolarización de menores, obtención de becas, asistencia sanitaria, transporte o tramitar ayudas sociales, o incluso para ejercer los derechos políticos quienes los tengan reconocidos, entre otros.

    Además, el empadronamiento sí puede ser un documento de gran utilidad en ciertos procedimientos que deben afrontar personas extranjeras por su situación de inmigración, como la autorización de residencia por arraigo, pues es una prueba de la permanencia en España que es uno de sus requisitos imprescindibles.

    A pesar de ello, en ocasiones nos encontramos con Ayuntamientos que ponen obstáculos para empadronar a personas extranjeras, especialmente si no tienen autorización de residencia en España, bien denegando el empadronamiento, bien solicitando documentación que no se pide a los vecinos españoles.

    Este comportamiento no es admisible ni se ajusta a la normativa vigente en la materia con lo que, en el caso de que te encuentres en una de estas situaciones, te aconsejamos que busques asesoramiento para defender tu derecho a estar empadronado en tu Municipio de residencia.

    No obstante, hay que recordar que la finalidad del empadronamiento es reflejar una situación de hecho, por lo que no es recomendable empadronarse en un domicilio donde no se vive habitualmente. Este hecho, en el caso de personas extranjeras, se considera una infracción grave de la Ley de Extranjería, de la que sería responsable el titular del domicilio, que podría ser sancionado por ello con multa de 501 hasta 100.000 euros.
    A continuación podrás acceder a otros enlaces con más información de interés, como el buscador de municipios por provincias para que localices los datos que te interesan.

    NOTICIAS RELACIONADAS

    DEJA UNA RESPUESTA

    Por favor ingrese su comentario!
    Por favor ingrese su nombre aquí

    7,465FansMe gusta
    1,254SeguidoresSeguir
    373SeguidoresSeguir
    526SuscriptoresSuscribirte

    Últimas Noticias