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martes, marzo 19, 2024
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    Opciones para contratar un extranjero desde el país de origen

    Por Beatriz Tobón
    Abogada Colegiada 6597
    Contacto: 628 47 89 14

    En España no es posible contratar directamente a trabajadores extranjeros que se encuentren fuera de España, ya que tienen preferencia los ciudadanos españoles y ciudadanos extranjeros que ya se encuentren en territorio español, debiéndose por tanto respetar la situación nacional de empleo.

    Esta Situación nacional de Empleo es fundamental cuando se quiere contratar a un trabajador extranjero que se encuentra en su país de origen y se quiere solicitar una Autorización de Residencia y Trabajo por Cuenta Ajena Inicial.

    Actualmente para solicitar una Autorización de Residencia y Trabajo Inicial por Cuenta Ajena (Consular) a través de la contratación en país de origen, es necesario superar la Situación Nacional de Empleo.

    Esto supone que antes de comenzar con los trámites para la contratación del extranjero que vive fuera de España, se publique esa oferta de empleo en el Servicio Público de Empleo.

    De esta forma este Servicio Público hará una búsqueda de un candidato que pueda cubrir ese puesto de trabajo. Ahora mismo, conseguir un Certificado negativo del Servicio Público de Empleo donde se indique que no hay nadie, ni español ni extranjero residente legal que pueda ocupar esta vacante, es casi imposible.

    O bien, que el puesto de trabajo ofrecido al extranjero esté dentro del catalogo de ocupaciones de difícil cobertura que publica el SEPE trimestralmente.

    El Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, es un listado que hace el Servicio Público de Empleo donde se recogen todos aquellos puestos de trabajo y vacantes que son especialmente complicadas de cubrir.

    Ejemplo: puestos de trabajo en barcos y buques, deportistas profesionales, entrenadores deportivos.

    Supuestos en los que se permite la contratación en origen de ciudadanos extranjeros:

    En la Ley de Extranjería hay varios supuestos, en los que no es necesario superar la Situación de Empleo. Estos supuestos vienen regulados en el artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero:

    *Cuando el oficio a desempeñar figura en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura publicado por el SEPE.

    *Cuando sea valorado por la Oficina de Extranjería a tenor de la certificación del SEPE sobre la gestión de la oferta concluida con resultado negativo.

    Se aportará: certificado del Servicio Público de Empleo y la oferta de empleo presentada.

    *Familiares reagrupados en edad laboral, o el cónyuge o hijo de extranjero residente en España con una autorización renovada, así como al hijo de español nacionalizado o de ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Espacio Económico Europeo, siempre que estos últimos lleven, como mínimo, un año residiendo legalmente en España y al hijo no le sea de aplicación el régimen comunitario”.

    Bajo este supuesto se podrá traer al hijo mayor de edad a España sin necesidad de superar esta Situación Nacional de Empleo. Eso sí necesitará encontrar un empresario o empleador que esté dispuesto a contratar al hijo mayor de edad del extranjero residente, del ciudadano español o de la Unión y que este empresario o empleador tenga medios económicos suficientes para hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato de trabajo y no tenga deudas ni en Hacienda ni en Seguridad Social.

    Tampoco se tendrá en cuenta la situación nacional de empleo, en las condiciones que se determinen reglamentariamente para:

    *La cobertura de puestos de confianza y directivos de empresas.

    *Los profesionales altamente cualificados, incluyendo técnicos y científicos contratados por entidades públicas, universidades o centros de investigación, desarrollo e innovación.

    *Los trabajadores en plantilla de una empresa o grupo de empresas en otro país que pretendan desarrollar su actividad laboral para la misma empresa o grupo en España.

    *Los artistas de reconocido prestigio.

    A todos nuestros lectores y clientes, os agradecemos por la confianza y fidelidad.
    Os deseamos unas felices fiestas, salud, bienestar y que este nuevo año 2022, a pesar de la difícil situación que estamos viviendo no perdamos la ilusión de que todo va a cambiar, que recuperaremos la economía, la paz, la unidad familiar/ social y que el sol volverá a brillar.

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